Beneficios de la Portabilidad Financiera
Permite realizar el trámite de manera más rápida y con plazos reducidos
Aumenta la competencia entre instituciones, lo que se traduce en mejores condiciones para el cliente
Menores costos y condiciones de tus productos
Pasos de la Portabilidad Financiera
- Solicitar el cambio de tus productos a un nuevo proveedor
- El proveedor inicial emitirá un certificado de liquidación al cliente o a un nuevo proveedor (dentro de 5 días hábiles)
- El nuevo proveedor genera una oferta (vigencia de 7 días)
- El cliente acepta oferta y firma, entregando mandato de término a nuevo proveedor
- Nuevo proveedor debe cumplir mandato de término (en un máximo de 6 días hábiles)
- Proveedor inicial paga productos y solicita el cierre o término al proveedor inicial
Él proceso de portabilidad podrá comprender las siguientes modalidades
¿Quieres solicitar la portabilidad de tus productos financieros con nosotros?
Sigue las siguientes instrucciones
- Baja el formulario adjunto
- Completa con tus datos y productos financieros que quieres incluir.
- Envía el formulario firmado con la copia de tu cédula de identidad por ambos lados a la casilla portabilidad@rentanacional.cl.
- Un ejecutivo se pondrá en contacto contigo dentro de las próximas 24 horas hábiles, con la recepción de tu solicitud y N° asignado.
- Solicitaremos al acreedor inicial el certificado de liquidación de los productos a terminar, el cert. de Ley 20.130, tasación y Estudio de títulos.
- Su actual acreedor tendrá un plazo de envío no mayor a tres días hábiles, en caso de un producto financiero o cinco días hábiles, en caso de más de un producto financiero.
- Le solicitaremos sus antecedentes comerciales para la evaluación crediticia y posterior respuesta con oferta de portabilidad y etapas siguientes del proceso.
- Tendrá un plazo de siete días hábiles para aceptar la oferta enviada.
Productos financieros disponibles a solicitar con nosotros
Crédito Hipotecario
Mediante un Mutuo Hipotecario Endosable
Crédito de consumo pensionado
Disponible sólo para pensionados en Renta Nacional Compañía de Seguros de Vida S.A
Crédito de consumo funcionario
Sólo disponible para funcionarios vigentes en Grupo Errázuriz
Emisión de Certificados Proveedores de Instituciones Financieras
Las instituciones financieras que requieran la emisión de certificados para iniciar el proceso de evaluación de las solicitudes que hayan recibido, pueden solicitarlos a la casilla portabilidad@rentanacional.cl, debiendo acompañar la solicitud de portabilidad correspondiente, con objeto de acreditar la autorización de los deudores para efectuar la entrega de la información solicitada.
Autorización de tratamiento de datos personales
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N°21.236 sobre portabilidad financiera (“Ley de Portabilidad”), por el envío de la presente solicitud de portabilidad usted autoriza la ejecución de las actividades de tratamiento de datos personales necesarias para el correcto procesamiento de esta solicitud, como del proceso de portabilidad financiera que la misma pueda dar a lugar. La finalidad de este tratamiento será únicamente la de llevar a cabo el proceso de portabilidad financiera en sus diversas etapas y fases, considerando de forma particular el tratamiento de datos personales contenidos y referidos en los certificados, avisos, documentos, comprobantes, notificaciones y comunicaciones que trata la Ley de Portabilidad y su reglamento, así como la transferencia y transporte de dicha información entre los proveedores financieros partícipes de un proceso de portabilidad, y entre estos y sus proveedores de plataformas y métodos de comunicación, así como con las entidades responsables del registro y constitución de garantías reales, según corresponda. El cliente titular de datos dispondrá en todo momento de los derechos respecto de sus datos personales consagrados en la Ley Nº 19.628 o la normativa que en el futuro la reemplace o modifique, los que podrá ejercer ante uno o más proveedores financieros partícipes de la portabilidad financiera, en los términos dispuestos en la referida ley.